domingo, 2 de octubre de 2011

Dentro de la minoría de edad.

Aunque ya conocemos que la edad que proporciona la mayoría son los 18 años, nuestro ordenamiento jurídico va cambiando los derechos y responsabilidades del menor, de tal forma que la mayoría de edad se va obteniendo poco a poco.

Este proceso se divide en tres etapas:
  1. El menor hasta los 12 años.
  2. El menor de 12 a 16 años
  3. El menor de más de 16 años
El niño menor de 12 años disfruta del derecho de recibir alimentación y educación, su deber es respetar y obedecer a sus padres.
El menor de 12 años no tiene el derecho a tomar decisiones, siendo sus padres los responsables de tomarlas en lo que concierne a su vida. En cambio, un juez puede oir su testimonio en caso de que el juez estime que este niño tiene suficiente capacidad de juicio.

A partir de los 12 años se producen dos cambios, por un lado deben ser oidos en procedimientos matrimoniales, y por otro lado deben dar su consentimiento para la adopción o el acogimiento por otra familia.

A partir de los 14 años se vuelven a producir dos nuevos cambios. El mayor de 14 años puede casarse, aunque necesita una autorización, y puede ser testigo de un juicio.

Por último, al cumplir los 16 años aparecen nuevas responsabilidades y derechos. A esta edad se puede comenzar a trabajar, con la autorización de los padres. A los 16 se produce la mayoría de edad penal, aunque hasta los 18 la minoría se trata de un atenuante de la responsabilidad en la comisión de delitos. El menor mayor de 16 años puede emanciparse tanto al casarse como o por permiso de sus padres o del juez.

No hay comentarios:

Publicar un comentario